5.7 Normas particulares del inmovilizado
SOLARES SIN EDIFICAR |
Precio de adquisición: En el precio de adquisición se incluyen los gastos de acondicionamiento, derribo de construcciones, inspección y levantamiento de planos (si son previos a su adquisición) y valor actual de obligaciones futuras de rehabilitación del solar. Vida útil: ilimitada. No se amortiza. En el caso de incluir costes de rehabilitación, éstos se amortizarán a lo largo del periodo donde se obtengan beneficios por incurrir en esos costes. |
CONSTRUCCIONES |
Precio de adquisición: precio de las instalaciones más las tasas inherentes a la construcción y honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra. El suelo deberá valorarse por separado. Vida útil: depende de tablas fiscales. |
INSTALACIONES TÉCNICAS |
Incluiremos todos los gastos de adquisición o fabricación y construcción hasta su puesta en condiciones de funcionamiento. |
UTENSILIOS Y HERRAMIENTAS |
Son los incorporados a elementos mecánicos que se someterán a las reglas de amortización de éstos. Para los que no formen parte de la máquina: -Periodo de utilización >1 año: regularización anual (659) a (214) -Periodo de utilización < 1 año: gastos del ejercicio. |
RENOVACIÓN / MEJORA |
Se incrementará el valor del inmovilizado material si se aumenta su capacidad productiva o alargamiento de la vida útil y se darán de baja el valor contable de los elementos que se hayan sustituido. |
REPARACIONES |
Amortización del inmovilizado: estos costes se amortizarán de forma distinta al resto del elemento durante el periodo que medie hasta la gran reparación. Tras la reparación: Su coste se reconocerá en el valor contable del inmovilizado material y se dará de baja cualquier coste que pudiera permanecer en el valor contable del inmovilizado material. |
Obra publicada con Licencia Creative Commons Reconocimiento No comercial Sin obra derivada 4.0