5.9 Los vehículos en las empresas
Una de las operaciones más comunes que realizan tanto las empresas como los autónomos son las relacionadas con las adquisiciones de los vehículos. En este tipo de operaciones tenemos que tener muy presente la normativa fiscal y las interpretaciones de la Agencia Tributaria al respecto.
En este sentido, existe mucha controversia, y a la vez jurisprudencia, en lo que a la deducibilidad de los gastos de los vehículos tanto en el IVA como en el IRPF.
En primer lugar tenemos que tener claro cómo contabilizar la adquisición de los vehículos por parte de empresas y empresarios y, posteriormente, tener muy presente la deducibilidad de los gastos que generen esos vehículos.
Contabilizar la compra de vehículos
Hemos de tener presente las siguientes premisas a la hora de adquirir un vehículo:
En las compras de vehículos en empresas o profesionales con actividades exentas de IVA (como por ejemplo ocurre en empresas de servicios inmobiliarios cuando realizan arrendamientos de viviendas, servicios médicos como los de prevención y diagnóstico de enfermedades, actividades de enseñanza y formación, etc.) el IVA soportado no será deducible.
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